Ya esta publicada en el DOE la convocatoria para la concesión de las ayudas estatales dirigidas a las explotaciones ovinas y caprinas con dificultades de comercialización de corderos y cabritos, a consecuencia de la crisis sanitaria por Covid-19.
Para acceder a esta línea, incluida en el Real Decreto 508/2020 de 5 de mayo, es necesario presentar una declaración jurada a través de la plataforma ARADO.
La finalidad de estas subvenciones es arbitrar de manera urgente una medida de apoyo directo, exclusivamente en 2020, que tenga en consideración la reducción que se ha producido de las salidas de corderos y cabritos con destino a su sacrificio, durante los meses de marzo y abril como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus prórrogas.
Podrán beneficiarse de las mismas titulares de código REGA que haya presentado solicitud única prevista en el Real Decreto 1075/2014 en 2020 y que reúnan los requisitos para ser beneficiario del pago por oveja y/o cabra, según recoge la resolución de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
Así, se subvencionará aquellas hembras mantenidas como reproductoras conforme a la declaración censal obligatoria y que estén correctamente identificadas y registradas a 1 de enero de 2020.
El número máximo de animales por el que se puede recibir ayudas es de 100 por beneficiario y especie; y la cuantía máxima no podrá superar los 12 euros por oveja o cabra elegible.
Las ayudas se conceden por concurrencia competitiva de acuerdo a los baremos establecidos. Así, se han establecido 22 puntos para solicitudes promovidas por jóvenes agricultores que cumplan la definición de joven agricultor.
Las explotaciones de titularidad compartida se valorarán con 5 puntos, los mismos que para para explotaciones agrarias que a fecha final de presentación de solicitudes tuvieran la clasificación de prioritarias.
En definitiva, todas aquellas ganaderías que hayan presentado la solicitud única prevista en el Real Decreto 1075/2014 y que reúna los requisitos para ser beneficiario del pago por oveja y/o cabra, podrán recibir esta ayuda.
Los beneficiarios deberán presentar una declaración responsable acreditativa de no estar incursos en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre.
El plazo para la presentación del dicho documento es de 10 días, desde el 24 de julio.
Fuente: Junta de Extremadura
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