La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha acordado que ha lugar a la ratificación del Acuerdo de 18 de agosto de 2021 del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por lo que respecta a la declaración del nivel de alerta sanitaria 3 en el Área de Salud de Plasencia, y por tanto de la medida de limitación a un máximo de cuatro personas en las reuniones, tanto en espacios públicos como privados, en el Área de Salud de Plasencia.
Asimismo, ha acordado que no ha lugar a ratificar la restricción de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno solicitada para los municipios de Plasencia, Jaraíz de la Vera, Navaconcejo y Aldeanueva de la Vera.
El informe del Ministerio Fiscal, tal y como recoge el auto, se ha emitido en el mismo sentido: la procedencia de ratificar la medida limitativa del derecho de reunión y considerar no procedente la medida de limitación de horario nocturno.
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