24 de noviembre de 2025. Agentes de la Guardia Civil, pertenecientes al Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA), de la Comandancia de la Guardia Civil de Cáceres, han investigado a tres (3) personas por su supuesta implicación en delitos contra la propiedad industrial, por el uso fraudulento de la D.O.P. “Pimentón de La Vera”.
Las investigaciones comenzaron el pasado mes de julio, tras realizar un exhaustivo rastreo y monitorización en internet, a través de redes sociales y páginas web de industrias lácteas y sus derivados, comprobando que algunas de ellas ofertaban quesos en cuya etiqueta, y en la descripción de referencia del producto, figuraba la inscripción “Pimentón de la Vera”.
Fruto de estas indagaciones, se detectó el uso no autorizado del distintivo D.O.P. “Pimentón de la Vera” en varias industrias lácteas, concretamente, se identificaron quesos de cabra cuyo revestimiento exterior se encontraba impregnado con pimentón, un ingrediente utilizado tradicionalmente en el queso para su conservación y estética, así como para conferirle un sabor característico. Sin embargo, y a pesar del uso que estas empresas hacían de la mención: D.O.P. “Pimentón de La Vera”, no figuraban adheridas al consejo regulador de mencionada denominación de origen protegida.
En los meses posteriores, se intensificaron las inspecciones en comercios y tiendas de la comarca de La Vera que pudieran vender estos productos, con el objetivo de verificar que los quesos etiquetados con la mención de “Pimentón de la Vera” realmente estuvieran amparados por la D.O.P. correspondiente.
Como resultado de las diligencias de investigación practicadas por el SEPRONA, se ha procedido a la investigación de tres (3) personas, responsables de las empresas fabricantes de quesos, por su supuesta implicación en de un delito contra la propiedad industrial al detectarse el uso de la marca “Pimentón de la Vera” sin autorización del consejo regulador de la denominación de origen protegida.
Las diligencias instruidas han sido remitidas a la autoridad judicial competente en Plasencia y Navalmoral de la Mata (Cáceres).
Se regulan principalmente en los artículos 273 y siguientes del Código Penal, para los que se establecen las siguientes penas, dependiendo de la gravedad y circunstancias del caso: Prisión de seis meses a dos años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión u oficio por un tiempo de dos a cinco años.
Es fundamental destacar que la comercialización de productos etiquetados bajo una denominación de origen protegida (D.O.P.) sin la debida autorización, constituye un aprovechamiento indebido de la reputación ajena.
Esta práctica puede inducir a error al consumidor y supone una vulneración de los derechos e interés legítimos del titular de la denominación.
En última instancia, se incurre en engaño sobre el origen real del producto y de las particulares características físico-químicas y organolépticas que solo el auténtico Pimentón de La Vera D.O.P. puede garantizar.
La denominación de origen protegida es una figura legal que garantiza el origen, la calidad y el método de producción de un alimento, protegiendo así el patrimonio agroalimentario de la región a la que pertenece.
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