El Partido Socialista de Jaraíz de La Vera presentará en los próximos días, probablemente entre hoy y mañana, un recurso de reposición contra la decisión del pleno de liberar totalmente a tres miembros de la corporación y una liberación supuestamente “parcial” del 90%. El PSOE entiende que de hecho son 4 los miembros con sueldo y dedicación total y, por tanto, se vulnera la Ley.
En el pleno del 27 de junio, la corporación del Ayuntamiento de Jaraíz aprobó los siguientes sueldos y dedicación:
- Luís Miguel Nuñez (alcalde), 2.600 € y una dedicación exclusiva.
- Montserrat López Felipe, 1.300,00 € y una dedicación exclusiva.
- Cintia Maria Gómez Torres, 1.300,00 € y una dedicación exclusiva.
- Rufo Sánchez Granado, 1.300,00 € por una dedicación del 90%.
- Hans Henrich Hannemann Schroeder, 900,00 € por una dedicación del 60%.
Según esta lista, habría tres miembros liberados al 100% y otro liberado al 90%, pero con sueldo de dedicación exclusiva. Ante esta situación el PSOE de Jaraíz considera que se está incurriendo en fraude de Ley y abren la vía administrativa mediante un recurso de reposición.
En declaraciones a Diario de La Vera, Helena Flores, nueva secretaria general del PSOE en Jaraíz, considera que hay jurisprudencia en este sentido y han decidido recurrir.
“Nosotros votamos en contra en el primer pleno a la propuesta de acuerdo inicial, puesto que desde el sentido común entendemos que la ley marca que en municipios como Jaraíz (por número de habitantes), le correspondería legalmente un número de liberados, o dedicación exclusiva, no superior a 3 miembros, y desde el ayuntamiento proponían 4, esto es, 3 exclusivas y una supuestamente “parcial”, al 90%. Tras publicarse en el BOP hicimos una alegación, y en posteriores comisiones informativas pedimos al Alcalde que recapacitara sobre esta decisión. El Alcalde nos dijo que desestimaba la alegación. Ante el acuerdo en firme adoptado en el pasado pleno de día 1 de agosto, con los 9 votos a favor del PP, hemos decidido presentar un recurso de reposición contra esta decisión, o, lo que es lo mismo, abrimos la vía administrativa en primer lugar, como marca la norma, puesto que, supuestamente, se está incurriendo en fraude de ley”.
En efecto, la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, en su artículo 75 dice lo siguiente: “En los Ayuntamientos de Municipios con población comprendida entre 3.001 y 10.000 habitantes, los miembros que podrán prestar sus servicios en régimen de dedicación exclusiva no excederá de tres” https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-13756
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