Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas, las comunidades de bienes y las personas jurídicas que realicen la actividad de secado del pimiento para pimentón a la manera tradicional, empleando leña de quercíneas, en secaderos identificados, explotados por los beneficiarios y beneficiarias de las ayudas y situados en alguno de los municipios que se relacionan en el anexo I del Decreto 55/2016, de 3 de mayo que cumplan las condiciones establecidas en los artículos 3,4 y 5 del Decreto 55/2016.
Las ayudas a las que se refiere la presente convocatoria para la campaña 2020/2021 se imputarán al centro gestor 120020000, posición presupuestaria G/312B/47000, fondo CAG0000001, código 20150109 denominado “Ayudas para el secado tradicional del pimiento para pimentón”, y anualidad 2021, con un importe de 250.000,00 €.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la resolución de convocatoria.
EXTRACTO de Resolución de 22 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece, la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la utilización de biocombustibles, (leña de quercíneas), en el secado tradicional del pimiento para pimentón en la comarca de La Vera, en la Comunidad Autónoma de Extremadura para la campaña 2020/2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.infosubvenciones.gob.es y en el presente DOE.
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